Colocación
banderas. Uso autonómico y local.
Uso autonómico y local.
Disposición de banderas en balcones, peanas u otros soportes. Colocación de las
banderas en los ámbitos autonómicos y locales. Combinación de la bandera
nacional con las banderas autonómicas y locales.
Además de la bandera
nacional, dentro de cada país suelen existir otras banderas de ámbito
autonómico y local. En el caso de España, están las banderas de las
Comunidades Autónomas (explicadas en su correspondiente capítulo), y luego
están las de carácter municipal y local.
Vamos a explicar cómo se colocan cuando conviven varias de
ellas en un mismo balcón, peana o cualquier otro tipo de soporte.
El caso más normal es aquel en el que se exponen la bandera
nacional, la autonómica y la de la ciudad (es una colocación típica de
Ayuntamientos y Diputaciones).
Se coloca la bandera nacional, a su derecha la de la Comunidad Autónoma
y luego la de la ciudad.
En el caso de que se ponga la bandera de
España, Comunidad Autónoma e Unión Europea. Pero como decimos
hay otras interpretaciones que colocan antes la bandera de la U.E y luego la de la Comunidad Autónoma.
Solo tenemos que fijarnos en sedes oficiales para comprobarlo, que se dan
ambos casos.
Aunque la bandera de
En el caso de que tengamos que
colocar más banderas autonómicas, por participar en algún tipo de acto o
cualquier otro motivo, éstas tendrán el orden de antigüedad de su autonomía,
es decir, el de la fecha de publicación de su Estatuto de Autonomía en el
Boletín Oficial del Estado.
En cualquier caso, puede darse que las propias Comunidades Autónomas regulen el uso de las banderas y establezcan un orden distinto al que hemos dado en este capítulo. Entonces en su territorio habría que regirse por esta legislación.
Las banderas autonómicas presiden edificios institucionales que se encuentran dentro su territorio. Y en cuanto a las banderas locales, lo mismo pero dentro de instituciones locales. Ambas pueden también aparecer en eventos que organizados por ellas o eventos en los que participen aunque sea fuera de su territorio.
En el caso de que existan otras banderas, como la de las Universidades públicas, éstas se colocarán a continuación de las banderas locales. Y si intervienen varias Universidades, su orden de colocación vendrá dado por la antigüedad de cada una de ellas.